La identidad de todos los ciudadanos comunitarios y de terceros países deberá ser comprobada a la entrada y salida de la UE y sus documentos cotejados con las bases de datos relevantes, por ejemplo de documentos robados o perdidos, en virtud de un reglamento aprobado el jueves por el Parlamento.
La ponente del texto, Monica Macovei (ECR, Rumanía), explicó que asegurar las fronteras incrementa la protección contra el terrorismo. “Cada vida que salvemos por detectar a un potencial combatiente extranjero hará que valga la pena”, agregó.
La Comisión presentó en diciembre de 2015 una propuesta para modificar el Código de Fronteras de Schengen como respuesta a los últimos ataques terroristas en Europa, y en particular al fenómeno de los “combatientes extranjeros” que buscan unirse a grupos terroristas como el Estado Islámico en Siria e Irak.
El nuevo reglamento obligará a los Estados miembros a efectuar comprobaciones sistemáticas de todas las personas que entran o salen de la UE y verificar si su nombre aparece en listados de documentos desaparecidos, el Sistema de Información de Schengen (SIS) o en otras bases de datos relevantes. Los controles serán obligatorios en todas las fronteras aéreas, marítimas y terrestres.
El texto fue aprobado con 469 votos afirmativos, 120 negativos y 42 abstenciones.
Controles selectivos en caso de aglomeraciones
No obstante, en caso de que los controles ralenticen demasiado el tráfico en las fronteras terrestres o marítimas, los países podrán limitarlos a comprobaciones selectivas. Pero deberán llevar a cabo un análisis de riesgos para garantizar que esto no supone una amenaza para la seguridad.
En el caso de los viajeros que no sean sometidos a dichos controles selectivos, al menos deberá comprobarse su identidad y la validez del documento de viaje.
Periodo de adaptación
En los aeropuertos, los Estados miembros podrán aplicar únicamente controles selectivos durante seis meses tras la entrada en vigor de la normativa. Este periodo de adaptación podrá extenderse 18 meses más, hasta un total de 24, en casos excepcionales, por ejemplo en aeródromos que carezcan de la infraestructura necesaria para efectuar los controles sistemáticos y necesiten más tiempo.
Próximos pasos
El reglamento entrará en vigor veinte días después de su publicación en el Diario Oficial de la UE. Será de inmediata aplicación, y ésta ser simultánea en la mayoría de países de la UE. Dinamarca, Reino Unido e Irlanda no aplicarán las nuevas reglas.
Procedimiento: codecisión, acuerdo en primera lectura
