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Canarias declara Bien de Interés Cultural la Iglesia de San Antonio Abad, en Arona,Tenerife

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El Gobierno de Canarias ha aprobado en Consejo el decreto por el que se declara Bien de Interés Cultural, con categoría de Monumento, La Iglesia de San Antonio Abad, en el municipio de Arona, en Tenerife.

También ha dado su visto bueno al cambio de nombre y la categoría del BIC Convento de San Sebastián de Los Silos, en la misma isla, además de delimitar su entorno de proyección. A partir de ahora pasará a llamaste Antiguo Convento de San Sebastián de las Monjas de San Bernardo, y tendrá categoría de Monumento.

Iglesia de San Antonio Abad y su delimitación

La Iglesia remonta sus orígenes a los repartos de tierra efectuados tras la conquista de Tenerife, siendo Antón Domínguez el Viejo el beneficiario de la mayor parte de las tierras entre Los Cristianos y Los Quemados. Estableció su vivienda en Las Casitas de Altavista, sobre el actual emplazamiento de la plaza principal y de su templo y promovió la construcción de la primitiva ermita bajo la advocación del santo.

Con la conversión en parroquia en 1796, la antigua ermita fue reformada y ampliada, si bien el edificio actual fue reedificado en el siglo XIX. Se desconocen los artífices que intervinieron en su fábrica.

De planta basilical, cuenta con una capilla en el lado derecho destinada a baptisterio, construida en los años 30. Su única nave presenta una techumbre a dos aguas con cubierta de tejas, que al interior se traduce en un artesonado de par y nudillo. Del buque de la iglesia sobresale el cuerpo prismático de la capilla mayor con artesonado ochavado y cubierta a cuatro aguas, separado del resto de la iglesia mediante un arco toral en cantería.

El exterior es de gran sencillez, mostrando una fachada presidida por un arco de medio punto en cantería, al que se accede mediante una escalinata, y sobre el que se abre una ventana de morfología similar. El frontispicio se ve coronado por una espadaña en piedra, compuesta por dos cuerpos adintelados en los que se alojan arcos de medio punto destinados a acoger las campanas, ornados con pináculos y sendos juegos de volutas laterales que enmarcan los dos cuerpos de la espadaña. La fachada se remata mediante una cornisa pétrea curvilínea con extremos avolutados.

En su interior, el retablo mayor procede del antiguo convento franciscano de Adeje, desde donde se traslada en 1840. Alberga la primitiva imagen de San Antonio Abad, del siglo XVII; la Virgen de los Dolores, traída en 1806 del convento clariso de San José de La Orotava; y el Cristo de la Salud, realizado por González de Ocampo en La Orotava entre 1682 y 1691, procedente del mismo convento orotavense.

la Iglesia de San Antonio Abad incluye el edificio religioso, mientras que su entorno de protección se corresponde con el espacio que lo circunda, delimitado por los planos de fachada de los inmuebles orientados hacia el templo en las calles Duque de la Torre, Domínguez Alfonso y Plaza del Cristo de la Salud. La delimitación se justifica por el hecho de abarcar la totalidad del entorno inmediato de la Iglesia. Con ella se pretende preservar el ambiente urbano más inmediato al inmueble frente a futuras afecciones derivadas de obras o transformaciones físicas del espacio que generen impactos directos perjudiciales a la iglesia o que dificulten la contemplación y estudio de los valores patrimoniales que dieron pie a su declaración

Convento de San Sebastián

El consejo aprobó además el proyecto de decreto por el que se modifica la denominación y la categoría del BIC “Convento de San Sebastián de las Monjas de San Bernardo, situado en el término municipal de Los Silos, Tenerife, por la denominación “Antiguo Convento de San Sebastián de las Monjas de la Orden de San Bernardo”, con categoría de monumento, delimitando su entorno de protección.

La delimitación se justifica por el hecho de abarcar la totalidad del entorno inmediato del Convento de San Sebastián, uno de los ejemplos de arquitectura religiosa más destacados de la isla de Tenerife. Con ella se pretende preservar el ambiente urbano más inmediato al inmueble frente a futuras afecciones derivadas de obras o transformaciones físicas del espacio que generen impactos directos perjudiciales al antiguo convento o que dificulten la contemplación y estudio de los valores patrimoniales que dieron pie a su declaración.

Se incluyen en la delimitación las edificaciones con interés patrimonial correspondientes al nº 2 de la Plaza de la Luz y al nº 1 de la C/ Félix Benítez de Lugo, con objeto de garantizar su conservación y ejercer una labor de control sobre las transformaciones que dichos inmuebles puedan experimentar en el futuro y su impacto sobre la relación visual y de conexión patrimonial con el antiguo convento. Los restantes inmuebles integrados en la delimitación carecen de interés patrimonial, aunque su configuración volumétrica y en altura pueda ser un aspecto a mantener, y que se incluyen en la misma con el fin de ejercer una labor de control de la posible –y deseable- edificación sustitutoria que se pueda plantear en el futuro. Por la misma razón se incorporan al entorno de protección algunos solares y espacios libres de edificación, entre ellos el espacio público que circunda al templo por el este y el sur.



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